jueves, 21 de agosto de 2014


“Lo que no se dice de la nueva ley de movilidad del distrito federal”

 

Reportaje de Rodrigo Granillo

 

Ley de movilidad, el cambio de cromática y el “Hoy no circula”, polémica difícil.

En el Distrito Federal hay temas que han causado revuelo en la sociedad capitalina, dichos tópicos son la ley de movilidad promovida desde el 9 de diciembre del 2013 por el jefe de gobierno Miguel Ángel Mancera ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), los cambios hechos a la cromática en el transporte público y las modificaciones al programa “Hoy no circula”.

La ley de movilidad para el Distrito Federal, fue aprobada el 30 de abril del presente año y apoyada por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) impulsado primordialmente por la asambleísta panista Laura Ballesteros. En su discurso, la legisladora promueve un elemento vulnerable en la movilidad de la ciudad, es la figura del peatón y dicho elemento se establece en el artículo 6 de la norma.

Dentro del dictamen en su artículo 5 dicta, que es un derecho a la movilidad y a realizar el efectivo desplazamiento de las personas y de los bienes por medio de la variedad de transportes. Asimismo, el artículo sexto jerarquiza a los actores que intervienen en la movilidad, dando el primer lugar a los peatones, a las personas con movilidad limitada y con discapacidad, seguido por los ciclistas, transporte público y por último al transporte particular, añadiéndole que los transportistas consideran como discriminatorio dicha jerarquización.

Otro de los lineamientos en su artículo 14 sostiene, que la Secretaría del Medio Ambiente será la encargada de emitir normas y lineamientos para regular la verificación de los automotores. En este sentido los cambios emitidos en el programa “Hoy no circula”, en la cual cambia los engomados, los días de circulación a los vehículos que ya tienen una antigüedad de 9 a 15 años y en adelante; además de beneficiar a los vehículos de reciente modelo, híbridos y eléctricos, lo respalda en su totalidad, pero, la presente ley que aprobaron el 30 de abril, no tiene vigencia hasta que sea publicado en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal.

Otro de los cambios de fondo es, la sustitución del nombre de la Secretaria de Transporte y Vialidad (SETRAVI) y pasa a ser la Secretaria de Movilidad, agregándole que se crea el Consejo Asesor de Movilidad. Ambas modificaciones en la burocracia interna en materia de transportes pretende modificar la burocracia, estudiar y concertar las diferentes propuestas del tema en cuestión.

A partir del artículo 55 al 63 establecen las clasificaciones de la diversidad de transportes, considera el articulado las sanciones y prerrogativas que tiene la clasificación de los vehículos. En lo que respecta a los permisos y licencias de conducción es a partir del artículo 64 al 72 menciona las formas de obtención del plástico, las causales de suspensión y cancelación  de la misma y las diversas formas en las cuales se puede retirar la licencia, también, se considera las autorizaciones especiales destinadas al transporte de carga y de pasajeros. Hay que resaltar que en estos apartados queda configurado que, para obtener el permiso de conducir se debe aprobar la batería de exámenes tanto teóricos como prácticos que establezca la entidad pertinente.

Con respecto a las concesiones para los prestadores del servicio de transporte público, el artículo 84 y 86 en su párrafo tercero (para el 84) establece que la entrega de las concesiones es para las personas morales, esto quiere decir que las rutas concesionadas de transporte, deben cambiar en su acta constitutiva su estatus de ser una persona física y pasar a una persona moral o en otras palabras deben pasar a ser empresas mercantiles. A partir del 86 hasta el 94 se estipula las condiciones que la sociedad mercantil debe acreditar en sus unidades para que sean beneficiados con dicho beneficio.

El artículo 95, contempla la concesión para la persona física, pero, se entrega una sola por unidad móvil, y para la persona moral se condiciona a un número de flotilla que va a prestar el servicio de transporte, además que recalcan que los operadores de los automóviles deben contar con una póliza de seguro y más condicionantes. En el artículo 97 puntualiza que se deben cambiar cada diez años las unidades, de acuerdo con los cambios de revista vehicular.

Del 110 al 120 de esta ley, figura los derechos y obligaciones de los beneficiados con la concesión entre ellas incluye la capacitación de los operadores, reafirma las diversas causas en la cual la autoridad competente puede revocar la concesión.

Otro de los artículos relevantes es el 164, en la cual está redactado que el jefe de gobierno, es el facultado para establecer y cambiar la tarifa del transporte público, éste será publicado en los medios de difusión antes de que entre en operación. El 166 es relativo a la revisión de las tarifas, el periodo de revisión es cada trimestre y al cuarto mes el jefe de gobierno decide si lo cambia o deja la tarifa original.

Ahora en lo que respecta a las manifestaciones, movilizaciones u otro tipo de expresión de ideas sean sociales, políticos o religiosos, queda signado en el artículo 212, no cambia que el responsable de garantizar y procurar el buen desarrollo de la manifestación es, la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF); se entiende que el agrupamiento encargado para esta tarea es el agrupamiento de granaderos. La organización y desarrollo de la manifestación se debe dar un aviso a las autoridades con una antelación de 48 horas y una responsabilidad de la autoridad es dar aviso a la población de las actividades de expresión, esta acción debe ser dada a conocer en cualquier medio de información.

Lo anterior, son extractos de la Ley de Movilidad para el Distrito Federal, considerando que es lo relevante de la norma.

Hay mucha subjetividad detrás de la ley aprobada el pasado mes de abril, la primer cuestión es, ¿por qué el grupo parlamentario del PAN a través de la legisladora Laura Ballesteros impulso cansadamente la iniciativa?, segundo, ¿Cuál es la insistencia de cambiar las rutas y el estatus de una persona física y pasar a la figura de persona moral y en su acta constitutiva a una sociedad mercantil?, tercero, ¿que pretende el gobierno capitalino al modificar ese estatus de sociedad mercantil y dar paso a que sean empresas las que den el servicio de transporte?

Todas estas cuestiones pareciera que, el gobierno o el grupo parlamentario del PAN impulsa a las empresas que darán el servicio a pasajeros; hay que añadir que el tema del transporte público y sus problemas que origina, no le dieron su importancia en las administraciones anteriores y dejaron correr el asunto.

Hay aspectos que hay que resaltar, una parte es, que dan una prioridad al peatón y demás personas vulnerables, ese es un punto a favor de la legislación, sin embargo la norma es severa contra el trasporte de carga, público y particular. Pero, se le da una prioridad en la política pública a los peatones en todo momento, no obstante, hay que cuestionar, en dónde queda los beneficios a los transportes de carga, de pasajeros y particulares. En otras palabras, la ley es excluyente tácitamente.

Las regulaciones al transporte de pasajeros, en lo que respecta a los estudios técnicos del consejo para otorgar las concesiones son un poco excesivos; por ejemplo, cada diez años se debe cambiar la flota móvil del transporte, pero la ley no menciona el monto del beneficio o la ayuda económica que provee el gobierno a los transportistas para cambiar de unidad por una más reciente. El otro punto es, el cambio de de sociedad a una mercantil, este cambio es costoso para las rutas, menos la autoridad es explicita del tiempo que darán para hacer el cambio.

Por decir esta regulación, de cambiar de estatus de asociación civil a sociedad mercantil, en la legislación ya la aplico la Secretaría del Transporte del Estado de México, pero, ni la propia autoridad mexiquense ha promovido el cambio de unidades, si ha promovido los beneficios y apoyos financieros para los concesionarios que hicieron el cambio de estatus de sociedad a una mercantil, estos beneficios se reflejaron en la concesión propia y en la emisión de las placas, pero hasta no ver no creer, que el gobierno capitalino aplique dichos beneficios, especialmente en el cambio de las vehículos.

El cambio de la cromática para el transporte público y el cambio del programa “Hoy no circula” que abarca el descanso de automóviles de más de 9 años, son aspectos que contempla la nueva ley, pero lo indignante para la población es que se afecta a un sector que depende de esos vehículos, ya sea por necesidad, porque son usados para sus labores, y que desgraciadamente la remuneración no es lo suficiente para sustituir sus vehículos. Lo anterior va a traer en consecuencia, que disminuya la actividad económica, posiblemente la disminución de empleos y repercute en la administración fiscal del gobierno; en lo político, en las elecciones intermedias puede perder la izquierda parte de sus curules en la Asamblea Legislativa y en el 2018 la jefatura de gobierno.

Por lo que corresponde a la utilización de vehículos sustentables, como son los híbridos y eléctricos, no son muy comerciales en el país y mucho menos en la capital. El comercializar dichos automóviles siguen siendo un reto para el gobierno, por ejemplo, los eléctricos hay que considerar la instalación de los centros de carga, el costo de las refacciones y del impuesto que tendrían que hacerse exentos a los propietarios, sucede lo mismo con los híbridos. Una muy buena opción es la producción del etanol como un combustible alterno a la gasolina, empero, es un reto a largo plazo que esto suceda en el país, ya que se ha demostrado que el uso del etanol es menos contaminante que el  proveniente del oro negro.

 Hay que puntualizar que, las consecuencias que traerá el cambio del programa “Hoy no circula” es que los dueños de los vehículos con más de 9 años de antigüedad, van a recurrir al transporte público, con ello saturarían más de los habitual a esa opción de movilidad, también saturarían el Sistema de Transporte Colectivo Metro, la Red de Transporte de Personas, esto quiere decir que colapsarían toda la red que ofrece el gobierno de Miguel Ángel Mancera. Además de que el tratar de vender los vehículos de más de nueve años, será complicado incluso imposible de que sean comprados aunado a una devaluación del precio de este tipo de unidad.

Asumiendo la otra ecuación de retirar las modificaciones al programa, por las presiones que ejerzan los dueños de los automotores, el otro reto del gobierno y de sus secretarias seria, ver las opciones que tendrían que poner en la mesa para bajar los niveles de contaminación por parte de la Secretaría del Medio Ambiente y de la SETRAVI.

 Lo que es sorprendente es el modo en que, el jefe Miguel Ángel Mancera vende a los inversionistas privados la imagen del Distrito Federal, como una ciudad moderna y atractiva para la inversión, asimismo a la CONAGO y a los gobiernos extranjeros que tienen políticas públicas sustentables en materia de movilidad.

Solo queda esperar que el gobierno entre en razón y revierta las acciones ya aprobadas y próximas a entrar en vigor, esperando no afectar de los 8.851.080 millones de habitantes capitalinos aproximadamente a un 20 % por ciento que son dueños de autos con una antigüedad ya mencionada y en ese mismo sentido de los 20 millones de personas que pertenecen a la zona metropolitana, no se perjudique a un 30% por ciento de dueños de este tipo de automóviles.

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